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Distribuidoras bajo presión: la OCU demanda abonos automáticos por el apagón

La OCU insta a las distribuidoras a aplicar de oficio las compensaciones previstas por ley tras el apagón del 28 de abril y reclama la intervención de la CNMC y las comunidades autónomas

El apagón masivo que dejó a millones de hogares sin luz el 28 de abril ha reabierto el debate sobre las obligaciones de las compañías eléctricas y los derechos de los consumidores. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) reclama que las distribuidoras apliquen de forma automática las compensaciones por incumplimiento de la calidad del suministro previstas en el Real Decreto 1955/2000, y recuerda que el plazo legal para el pago vence el 31 de marzo de .

Mientras tanto, varias empresas del sector sostienen que no está acreditada su responsabilidad, lo que complica la ejecución de los abonos.

Según la OCU, ese episodio, incluso sin computar otras interrupciones durante, ya genera un derecho automático a compensación para millones de usuarios.

La organización aporta ejemplos de cálculo orientativos: una vivienda urbana con 4,6 kW que acumuló 11 horas sin electricidad debería recibir aproximadamente 15 euros. La asociación demanda claridad en los conceptos que se aplicarán en factura y exige la actuación de la CNMC y de las consejerías autonómicas responsables de supervisar la calidad del servicio.

Marco legal y alcance de las compensaciones

El régimen de garantías y descuentos nace del Real Decreto 1955/2000, que fija estándares mínimos de calidad en el suministro eléctrico. Cuando una zona supera los límites anuales en número de interrupciones o en horas sin luz, la normativa obliga a que la distribuidora compense a los clientes mediante un descuento en la factura. No obstante, hay excepciones: las suspensiones avisadas o las debidas a causas de fuerza mayor como inundaciones, terremotos o impactos atmosféricos no se computan para estos abonos. La interpretación de esos supuestos es clave para determinar si el apagón del 28 de abril encaja o no en el régimen de compensaciones.

Posición de la OCU y demandas concretas

La OCU subraya que el pago debe ser automático y sin necesidad de reclamación. Además de pedir que las eléctricas apliquen los descuentos antes de que finalice el plazo legal, reclama que se detalle el concepto en la factura para que el consumidor pueda identificar el abono. La organización también advierte que estas compensaciones no sustituyen otros derechos: si durante la falta de suministro se produjeron averías en electrodomésticos, pérdidas de alimentos u otros perjuicios cuantificables, los afectados podrán exigir indemnizaciones adicionales.

Ejemplo práctico de cálculo

Para ofrecer una referencia, la OCU utiliza un caso tipo: una residencia urbana con potencia contratada de 4,6 kW que haya estado 11 horas sin electricidad tendría derecho a un abono aproximado de 15 euros. Ese importe varía según la ubicación, el número de interrupciones y la suma total de horas de corte. El cálculo agregado para todos los hogares afectados resultaría complejo debido a la recuperación desigual del suministro en las distintas comunidades autónomas, y podría suponer un coste millonario para las compañías si se aplicara de forma generalizada.

Resistencia del sector y papel de las autoridades

Fuentes del sector consultadas han señalado que, mientras no se determine la responsabilidad sobre el origen del apagón, no procede reclamar a las distribuidoras por un fallo cuya autoría no está acreditada. Ese argumento contrasta con la postura de la OCU, que entiende que la falta de un responsable probado no debe impedir el reconocimiento del derecho a compensación. Por ello, la organización solicita a la CNMC y a las consejerías autonómicas que verifiquen el cumplimiento estricto de los plazos y que supervisen que los descuentos se apliquen correctamente.

Posibles vías para los consumidores

Además del abono automático, los consumidores afectados pueden unirse a iniciativas colectivas promovidas por la OCU para reclamar transparencia, información y compensaciones justas. Si se han sufrido daños particulares, la vía judicial o la reclamación ante los organismos competentes siguen estando abiertas para reclamar compensaciones por daños directos. La OCU mantiene activa la campaña informativa y anima a los afectados a sumarse para seguir los pasos y acciones en marcha.

Con el plazo del 31 de marzo de acercándose, la discusión se centra ahora en si las distribuidoras aplicarán las compensaciones de forma inmediata y transparente o si será necesaria la intervención de los reguladores para forzar su cumplimiento.


Contacto:
Sofia Rossi

Ocho años en el laboratorio entre tubos de ensayo y microscopios en centros de investigación farmacéutica de excelencia. Luego entendió que el verdadero desafío era otro: hacer llegar la ciencia a quien la necesita. Durante la pandemia tradujo papers científicos en artículos que tu abuela podía entender - sin perder un gramo de precisión.