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Exposición razonada al TSJCV para imputar a Carlos Mazón por la gestión de la DANA

La magistrada de Catarroja solicita al TSJCV investigar a Carlos Mazón por la gestión de la DANA tras una exposición razonada de 109 páginas que recoge indicios relacionados con el retraso del ES-Alert y la actuación de su entorno

La magistrada de Catarroja responsable de la instrucción sobre la gestión de la DANA ha dado un paso procesal relevante al elevar una exposición razonada a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) para que se valore la imputación del ex presidente de la Generalitat, Carlos Mazón.

El escrito, que suma 109 páginas, reclama que la investigación se extienda más allá de las personas ya investigadas y alcance a quien conservó el escaño de diputado tras dejar la Presidencia.

La instructora plantea que existen indicios suficientes para examinar la posible responsabilidad penal por una presunta inactividad negligente en la gestión de la emergencia del 29 de octubre de, jornada en la que fallecieron 230 personas durante la DANA.

Motivos que sostienen la exposición razonada

En el auto, la jueza subraya que la investigación no puede limitarse a la ex consejera de Interior, Salomé Pradas, y a su número dos, Emilio Argüeso. La petición al TSJCV se basa en la «evidente conexidad» entre las funciones que correspondían a la Generalitat en materia de protección civil y la actuación —o falta de actuación— del ex presidente, cuya condición de aforado se mantiene por conservar el acta de diputado.

Entre los elementos que la instructora considera relevantes figuran el retraso en la convocatoria del CECOPI (Centro de Coordinación Operativa Integrado), la tardanza en el envío del ES-Alert —que llegó a los móviles sobre las 20:11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido— y la ausencia de coordinación entre los distintos organismos autonómicos. La jueza incide en que estas fallas formaron una cadena de negligencias que desembocó en un resultado trágico.

La conexión con el entorno del ex presidente

La magistrada presta especial atención a la figura de José Manuel Cuenca, entonces jefe de gabinete y secretario autonómico, cuyo intercambio de mensajes con Pradas quedó incorporado al sumario mediante un acta notarial. Uno de esos mensajes, reproducido en el auto, contiene la frase «Salo, de confinar nada», que la instructora interpreta no como un simple consejo sino como una orden dada la posición jerárquica y la relación estrecha entre Cuenca y Mazón.

Ese texto fue enviado minutos antes de que se activara el cuestionado ES-Alert, y la jueza mantiene que la insistencia de Cuenca en controlar el alcance de la alerta solo tiene sentido si actuaba bajo instrucciones superiores. La hipótesis de que el presidente fuese completamente ajeno a esas órdenes se califica en el auto como «absolutamente improbable», aunque la jueza también plantea que, incluso en ese escenario, la gestión habría sido manifiestamente deficiente.

Reunión en un reservado y la crítica sobre la pasividad

Otro elemento llamativo para la instructora es la permanencia de Mazón en un reservado de restaurante en el que comió con la periodista Maribel Vilaplana. La jueza afirma que la emergencia «de facto se detuvo» desde la hora en que el entonces presidente permaneció en ese encuentro, y que su actitud pasiva durante varias horas podría constituir una negligencia grave dado el conocimiento del riesgo mortal que existía.

Aspectos procesales y próximos pasos

La competencia para investigar a Mazón corresponde al TSJCV por su estatus de aforado. La instructora recuerda que, conforme a la jurisprudencia, ya se ofreció al ex presidente la posibilidad de declarar en hasta tres ocasiones como investigado, ofertas que, según el auto, fueron rechazadas.

En el procedimiento han intervenido diversas pruebas: las comunicaciones entre responsables, testimonios de escoltas y asesores, el acta notarial de los mensajes de WhatsApp aportada por Pradas y resoluciones que fijan las competencias de la Generalitat en la gestión de emergencias. Todo ello conforma la base documental de la exposición razonada que ahora deberá valorar la Sala del TSJCV.

Elementos de la negligencia según la instructora

La juez enumera varias conductas que, en su opinión, integran la negligencia: el retraso en la activación y convocatoria del CECOPI, la demora en la difusión de la alerta masiva, la falta de coordinación entre instituciones, la existencia de múltiples avisos que exigían una reacción y la minimización pública de la gravedad de la situación. Estas circunstancias, combinadas, conforman la narrativa de una gestión descontrolada en la que la máxima autoridad autonómica no habría ejercido las funciones que la ley le atribuye.

La exposición razonada evita cualquier valoración moral o política y aborda los hechos desde la perspectiva del derecho penal, según recalca la jueza: se trata de determinar si la conducta puede integrarse en el tipo penal y, en su caso, someterla al examen del TSJCV.


Contacto:
Elena Marchetti

Ha cocinado para críticos que podían destruir un restaurante con una reseña. Luego decidió que contar historias de comida era más interesante que prepararla. Sus artículos saben a ingredientes reales: conoce la diferencia entre una pasta hecha a mano y una industrial porque las ha hecho ambas miles de veces.