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Cómo perder el subsidio del SEPE para mayores de 52 años

El subsidio para mayores de 52 años que otorga el SEPE es dirigida a la dificultad de entrar en el mercado laboral.

El subsidio que otorga el Sepe para mayores de 52 años pueden llegar a perderse si las personas incurren en ciertos aspectos. Por otro lado, esta prestación tiene una cuantía de 452 euros y se cobra de forma permanente.

Esta ayuda es destinada a personas mayores de 52 años que no encuentran empleo por parte del Servicio de Público de Empleo Estatal (Sepe).

Y la cantidad a cobrar va acorde al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) que para 2021 se sitúa en 564,90 euros.

Actualmente, en España, cerca de 650.000 parados cobran el subsidio para mayores de 52 años.

Y la premisa es la dificultad que tienen estas personas para acceder al mercado laboral. No obstante, existen una serie de normativas que regulan la facultad de su uso y de no llegar a cumplirse, esta prestación puede ser retirada de la persona que es beneficiaria.

Una de ellas, que pueden hacer perder el subsidio por parte del Sepe es no renovar la demanda de empleo. Dentro de esta especificación se emplean las siguientes sanciones..

  • Si es la primera vez, será la suspensión de un mes de subsidio
  • Para la segunda vez, será la suspensión de tres meses.
  • Una tercera vez, el SEPE te sancionará con la retirada de seis meses de prestación.
  • Si se nos olvida renovar la demanda por una cuarta vez, supondrá la suspensión definitiva del subsidio por desempleo.

Otra de las razonas por la cual te podrían quitar el subsidio es por incumplir el compromiso de actividad. Debido a que al firmarlo estas comprometido a acudir a las llamadas del Servicio Público de Empleo para realizar cursos de formación, entrevistas de trabajo o bolsas de empleo.

Por último, Realizar trabajos fuera de España. Si la persona que cobra la prestación de ayuda a mayores de 52 años realiza un trabajo fuera de España, ya sea por cuenta ajena o propia. El organismo puede paralizar el cobro del mismo. En este caso, si la persona retornase a España puede volver a solicitarla realizando de nuevo la solicitud completa. Además, de aportar los documentos pertinentes.

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Contacto:
José Miguel Moreno Peña

Periodista, apasionado a la música y comunicar lo que acontece en palabras. Conciente de que Internet es más democrático que la política. Adaptado al cambio constante.

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