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¿Ayuda con la Renta?: así es el nuevo plan ‘Le Llamamos’

El trámite sobre la declaración de Renta y Patrimonio empezó el miércoles 7 de abril e irá hasta el miércoles 30 de junio.

Empieza el nuevo plan ‘Le llamamos’ de Hacienda para ayudar a los contribuyentes a hacer su declaración de la renta mediante una llamada. Desde hoy puede solicitarse el servicio a través de Internet o en el teléfono 901 12 12 24.

Declaración de Renta 2021: ‘Le llamamos’

Comenzó la campaña de la Declaración de Renta de 2021, correspondiente al ejercicio del 2020. Según el calendario de la Renta pata el contribuyente de la Agencia Tributaria, este año, y aun marcado por el Covid-19, inició el plazo para rendir cuentas por el IRPF y comenzará el 7 de abril para las presentaciones por internet y acabará hasta el próximo 30 de junio.

Ahora hay más opciones, si se quiere presentar por teléfono o presencialmente desde el 6 de mayo y hasta el 2 de junio, se podrá hacer.

Declaración de renta por Internet

Este trámite sobre la declaración de Renta y Patrimonio empezó el miércoles 7 de abril e irá hasta el miércoles 30 de junio. Es de gran ayuda poder tener acceso al borrador, modificar y presentar la declaración por Internet, esto a través del programa Renta Web. Y tendrá una fecha límite hasta el 25 de junio en caso de que el resultado sea a ingresar con domiciliación en cuenta.

Para la opción online se entra en la web de la Agencia Tribunal o en la App. No es necesario tener una cita previa pero sí el DNI electrónico, el certificado electrónico, la clave PIN o el numero de referencia. Este último un sistema de identificación que permite tramitar la declaración de Renta y en el portal de la Agencia Tributaria introducir una seria de datos personales.

Declaración de renta presencial

Para hacer la Renta de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, es necesario pedir cita previa. En este caso se podrá solicitar a partir del 27 de mayo, y desde el 2 de junio La Agencia Tributaria comenzará su atención presencial a os contribuyentes para hacer la declaración y resolver las dudas. Habrá plazo para pedir cita previa hasta el 29 de junio y la campaña será finalizada un día después de el 30 de junio.

Los ERTES, la nueva preocupación

Este año llega como novedad lo ERTES. En e 2020 se vieron afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) debido a la pandemia por Covid-19, y ahora deberían tener presente ciertos detalles a la hora de presentar la declaración.

Los posibles errores cometidos por el Servicio Publico de Empleo Estatal (SEPE) en el abono de prestaciones o las retenciones aplicadas pueden tener consecuencias importantes en la aclaración. Por ejemplo; tener más de un pagador.

Es importante saber que cuando el contribuyente tiene más de un pagador estará obligado a presentar la declaración si le ingreso mas de 14.000 euros, o si los abonos de todos lo pagadores después del segundo no alcancen los 1.500 euros.

Mito sobre los pagadores

Es importante acabar con el mito de que se debe pagar más a hacienda por tener dos pagadores. Esto no es cierto. Pues se atributa lo mismo.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que cuando un trabajador tiene un único empleador, a este se le aplicará retenciones acorde a sus ingresos. Entonces, si tiene más de un pagador ninguno sabe cuáles son los ingresos totales, por lo que las retenciones podrán ser excesivas o insuficientes y por esto se tendrá que hacer un ajuste en la liquidación del IRPF.

Qué debo hacer si estuve en ERTE en 2020

Los técnicos de Hacienda (Gestha) explican que si el SEPE reclamó el reintegro de las cantidades abonadas indebidamente y se han devuelto en 2020, los datos fiscales deberían ser correctos y reflejar los ingresos reales.

Entonces, si el SEPE ha exigido el reintegro y se efectuó la devolución en 2021 es posible que el borrador no recoja el ajuste. En este caso, el contribuyente tendrá que modificar el borrador para consignar las cantidades reales cobradas, una vez descontada la devolución.

Para finalizar, en el caso que el Servicio Publico de Empleo Estatal (SEPE) aún no haya reclamado el reintegro en el momento de presentar la declaración, el contribuyente tiene que declarar el total de ingresos recibidos. Luego, una vez que el SEPE pida el reintegro y se realice la devolución, el contribuyente podrá presentar una solicitud de rectificación de autoliquidación para corregir la declaración y recuperar las cantidades tributadas de más.

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Contacto:
Sandra Prieto

Comunicadora Social y Periodista. Editora - redactora.

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