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Reglamento DGT: las nuevas normas que entran en vigor este año

El nuevo reglamento de la DGT elimina una posibilidad que no existía en ningún país europeo con el objetivo de reducir el número de accidentes

tiroteo

El 2021 comienza con la vigencia de las nuevas normas recogidas en el reglamento de circulación de la Dirección General de Tráfico (DGT). Las normas fueron aprobadas por el Consejo de Ministros, el año pasado en el mes de noviembre.

Las nuevas normas para adelantar según la DGT

Tras su aprobación por el Consejo de Ministros el pasado mes de noviembre, este año comienza a entrar en vigor las nuevas normas recogidas en el reglamento de la circulación de la DGT, por lo que todos los conductores tendrán que estar pendientes a diferentes situaciones si no quieren recibir una multa, entre ellas los límites de velocidad, la manipulación del teléfono móvil o la manera en la que realizan los adelantamientos.

En concreto son cuatro medidas las que empezarán a regir este 2021; estas fueron planteadas con el objetivo de cambiar la manera de conducir de España, para así evitar accidentes en las vías. Las nuevas normas persiguen reducir dos de las causas más comunes que producen los siniestros en la carretera: las distracciones y el exceso de velocidad; además de tratar de proteger a los más vulnerables en carretera, como lo son los motoristas o ciclistas.

Recientes restricciones

Con estas nuevas restricciones, el límite máximo de velocidad en una vía serán los 20Km/h, para poder adelantar en una de estas carreteras secundarias. Según la DGT; esta decisión fue tomada después de ver la alta siniestralidad que se producen en las vías secundarias de este tipo y porque la posibilidad de rebasar el límite de velocidad no existía en ningún otro país europeo.

Las sanciones también aplicarán para aquellos que no utilicen el cinturón de seguridad o los sistemas de retención infantil, la multa se mantiene en los 200 euros, además ahora se quitarán 4 puntos del cané de conducir, en lugar de los 3 que se restaban anteriormente; sin embargo no solo multarán a los que no usen el cinturón, sino también a los que no se lo pongan correctamente.

Se considera como infracción grave llevar en los vehículos dispositivos de detección de radares, antes para poder aplicar la sanción; se tenía que demostrar que el conductor estaba utilizando este sistema, pero desde enero de este año, bastará con que los agentes vean que está dentro del vehículo para poder poner la multa.

Otras medida que entro en vigor desde el 2 de enero, es utilizar el móvil mientras conduce (sin usar manos libres), esta infracción tendrá una multa de 500 euros, además de quitarle seis puntos del cané de conducir. La novedad es que la sanción no se aplicará solamente a aquellos que estén usando el móvil; también a aquellos que tengan el móvil en la mano, aunque no lo estén consultando en ese momento.


Contacto:
Maria Andrea Patiño Uribe

Comunicadora Social, emprendedora, soñadora, creativa y apasionada por mi carrera, mi objetivo es interpretar y analizar la realidad para poder transmitirla a los demás a través de los diferentes medios.

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