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¿Qué podrán hacer los españoles tras el fin del estado de alarma?

El próximo 9 de mayo finalizará previsiblemente el estado de alarma, a partir de entonces los españoles podrán cambiar de hábitos en sus comunidades.

Estado de alarma

El presidente del Gobierno anunció esta semana en una rueda de prensa desde Moncloa, que no prevé prorrogar el estado de alarma más allá del 9 de mayo, por lo que a partir de entonces los españoles tendrán que adaptarse a las nuevas medidas que sus comunidades adopten.

Así afectará a los españoles el fin del estado de alarma

Fue el 25 de octubre, cuando en el Boletín Oficial del Estado se publicó el Real Decreto 926/2020, por el que se renovaba el estado de alarma para mantener las restricciones en todo el país, tratando así de frenar la expansión del Covid.

Pasado el tiempo, todo parece indicar que el próximo 9 de mayo, el estado de alarma por fin llegará a su fin, por lo que las medidas recogidas en él y adoptadas por las Comunidades Autónomas se levantarán.

A partir de esa fecha, serán las autonomías las encargadas de utilizar sus competencias para fijar nuevas restricciones dentro de su territorio, dentro del marco del Consejo Interterritorial de Salud. Como ya ocurrió cuando terminó el primer estado de alarma declarado el 14 de marzo del 2020.

¿Qué cosas cambiarán?

El fin del estado de alarma, acabará con las medidas impuestas en relación a la movilidad, los desplazamientos nocturnos y los horarios impuestos. El toque de queda recogido en el Real Decreto como: «Periodo comprendido entre las 23:00 y las 6:00 horas, durante el cual las personas no pueden circular por la vías o espacios de uso público», quedaría cancelado.

Esta medida fue variada en algunas horas por las comunidades, en relación a la incidencias que se iban registrando por Covid.

Por otro lado, el artículo 6 recogido en el BOE, señalaba el cierre perimetral como: «limitación de la entrada y salida en las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía». Restricción que también se suspendería, permitiendo viajar entre comunidades.

En el artículo 7, se hacía referencia a las reuniones: «se limita la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados, que actualmente es de seis personas tanto en lugares cerrados como en sitios al aire libre». Número que las comunidades también variaron y que ahora se eliminará.

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Contacto:
Soraya

Creo en el poder de la comunicación para arreglar el mundo. Periodista y redactora en constante aprendizaje.

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