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Despedido por mandar una foto de un pene erecto a una compañera de trabajo

Una empresa ha despedido a uno de sus trabajadores por enviar una foto de un pene erecto a una compañera, quien recibió hasta siete correos electrónicos.

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Una empresa ha despedido a uno de sus trabajadores por enviar una foto de un pene erecto a una compañera, quien recibió hasta siete correos electrónicos.

Despedido por mandar una foto de un pene erecto

Un juzgado de Lo Social de Murcia ha declarado procedente el despido del trabajador de una empresa que envió a una compañera siete correos electrónicos con la imagen de un pene erecto.

Después de pedirle disculpas, el hombre le dijo que no lo había hecho para humillarla, sino como halago y «porque le ponía».

La sentencia señala que sus ofensas fueron de especial gravedad por el contexto en el que se produjeron los hechos y, también, por las fotografías, además de tener en cuenta que se amparó en el anonimato «para el hostigamiento, que afectó a la dignidad de la mujer».

La destinataria creyó que los envíos eran correo basura indiscriminado, pero después comprobó que iban dirigidos a ella porque en uno de los últimos figuraba una fotografía suya como fondo de pantalla, junto con la imagen del pene, por lo que se lo dijo a su jefe. Mientras ellas se dirigía a una comisaría a denunciar los hechos, el jefe habló con el trabajador por si conocía algo de lo ocurrido, contestándole que sabía poca cosa, solo lo que ella le había contado.

El compañero se delató al llamarla para que no le denunciara

Al saber que la situación habían llegado al despacho del jefe, el ahora despedido la llamó y le pidió que no pusiera la denuncia, ya que quería contarle algo «muy importante» relacionado con el tema. Cuando ambos se vieron en la sede de la empresa, ubicada en un municipio de Murcia, reconoció lo que había hecho, pidiéndole disculpas y diciéndole que le había enviado los correos como halago, no siendo consciente de que podían hacerle daño.

Las explicaciones no convencieron a su compañera, que, finalmente, denunció lo ocurrido, mientras que la empresa acordaba el despido del empleado, lo que le fue comunicado a través de una carta en la que le reprochaba que había tenido una conducta «totalmente censurable que no se puede permitir». Y añadía la empresa que la misma «constituía una grave falta de respeto y consideración a la dignidad de su compañera de trabajo». La sentencia puede ser recurrida en segunda instancia ante la Sala de Lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.

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Contacto:
Ana Cabrera Gambarini

Periodista apasionada de las series televisivas, las novelas en el autobús y analista inquieta de la actualidad. Graduada en Periodismo por la Universidad Francisco de Vitoria, con la especialidad en Multimedia. Experiencia en departamentos de comunicación, medios online y community manager en el ámbito empresarial y universitario. Particularmente interesada en los medios digitales.

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