A partir del 27 de septiembre los supermercados tendrán que acreditar cada palabra verde, bajo la nueva normativa de la UE contra el greenwashing.

Desde que la conciencia ambiental se ha convertido en un factor decisivo para los compradores, la práctica del greenwashing se ha extendido por toda la industria. Empresas de todo tipo han lanzado campañas que prometen productos respetuosos con el medio ambiente sin contar con pruebas sólidas que respalden esas afirmaciones.
Con el objetivo de frenar ese engaño, la Unión Europea aprobó hace dos años la Directiva (UE) 2024/825 cuyo cumplimiento pasará a ser obligatorio el próximo domingo 27 de septiembre en todos los estados miembros.
Esta normativa no elimina el etiquetado ecológico en sí, pero sí impone una regla de hierro: cualquier declaración medioambiental genérica deberá estar respaldada por un comportamiento excelente y reconocido.
De lo contrario, términos tan habituales como “ecológico”, “verde”, “amigo del medio ambiente” o “biodegradable” quedarán prohibidos en los envases, publicidades y cualquier otro material comercial.
Qué establece la directiva 2024/825
La Directiva (UE) 2024/825 enumera explícitamente las expresiones consideradas genéricas: “respetuoso con el medio ambiente”, “bueno para la naturaleza”, “inocuo en términos de carbono”, “eficiente desde el punto de vista energético”, entre otras. La normativa obliga a que, para utilizarlas, el productor demuestre un impacto ambiental superior avalado por un certificado oficial o por datos verificables emitidos por una autoridad pública.
Asimismo, la ley prohíbe el uso de sellos de sostenibilidad que no estén vinculados a un sistema de certificación reconocido a nivel europeo. No será posible que una empresa cree su propio distintivo verde sin cumplir con los requisitos estipulados, evitando que el consumidor sea inducido a error por símbolos sin base.
Impacto inmediato en los supermercados
Los comercios de alimentación y de productos de consumo masivo tendrán que revisar rápidamente sus estanterías. En los momentos de compra, palabras como “verde” o “bio” desaparecerán de los paquetes que no cuenten con la documentación exigida. Además, la directiva impide anunciar que un producto es climáticamente neutro basándose únicamente en compensaciones de emisiones; se requerirá una neutralidad real y certificada.
Una situación que ha llamado la atención es la prohibición de presentar todo el artículo como ecológico cuando solo una parte, como el envase, consta de material reciclado. En esos casos, la información deberá especificar claramente cuál es el componente sostenible, evitando la impresión de que el producto entero posee la misma ventaja ambiental.
Excepciones y plazos de adaptación
Los productos que ya ostentan la certificación ecológica oficial –por ejemplo, los alimentos con sello orgánico de la UE– podrán seguir usando sus etiquetas sin cambios. Para los artículos fabricados o distribuidos antes del 27 de septiembre, la normativa prevé una aplicación gradual que permite a las autoridades evaluar casos justificados y conceder plazos de adaptación cuando resulte necesario.
Durante la presentación oficial, la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen subrayó que la medida busca proteger al consumidor de afirmaciones engañosas y reforzar la credibilidad del mercado sostenible. La UE espera que, al exigir pruebas objetivas se reduzca la difusión de información falsa y se incentive a las empresas a invertir en verdaderas mejoras medioambientales.
Los consumidores, ahora más informados que nunca, podrán distinguir con mayor claridad qué productos son realmente respetuosos con el planeta y cuáles solo llevan la etiqueta de moda.

