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Gibraltar suprime la cadena perpetua y legaliza el aborto

Gibraltar suprime legaliza el aborto y suprime la cadena perpetua para las mujeres que lo practiquen. El jueves 24 de junio se celebró el referéndum.

Aborto legal en Gibraltar

Gibraltar suprime legaliza el aborto y suprime la cadena perpetua para las mujeres que lo practiquen. El jueves 24 de junio se celebró un referéndum para que los ciudadanos votaran sobre una de las leyes pro-vida más duras de Europa.

La votación incluía al posibilidad de despenalizar el aborto, castigado hasta ahora con la cárcel de por vida para la mujer y para quien le ayude a practicarlo.

Gibraltar legaliza el aborto

Fue en julio de 2019, cuando el Parlamento de Gibraltar votó a favor de permitir el aborto antes de la 12ª semana de embarazo a través de una enmienda de la Ley de Delitos de 2019.

Esta nueva legislación es la que se sometió a una votación popular tras la presión ejercida por una campaña del Movimiento Pro-Vida de Gibraltar (GPLM), que consiguió que más de 6.000 personas firmaran una petición que pedían que cualquier cambio en la ley reconociera «el derecho indiscutible a la vida del prenatal».

Gibraltar legaliza el aborto y suprime la cadena perpetua

Gibraltar despenaliza el aborto después de respaldar esta medida con un 62% de votos a favor en el referéndum celebrado el 24 de junio. En esta votación, por primera vez se ha permitido que participen los jóvenes de entre 16 y 18 años, que hasta ahora no podían hacerlo hasta llegar a la mayoría de edad.

Gibraltar legaliza el aborto: requisitos

A partir de ahora, la práctica del aborto en Gibraltar debe cumplir unas pautas:

Para que las mujeres puedan abortar en Gibraltar, el embarazo no debe haber pasado de las 12 semanas y si su continuación implica un riesgo de lesión para la salud física o mental de la embarazada mayor que si se interrumpe. Los defensores de la nueva legislación consideran que este es el mecanismo adecuado para practicar abortos en casos de violación o incesto.

También será una opción si el embarazo supone un riesgo para la vida de la embarazada; cuando existe un riesgo sustancial de que el feto sufra una anormalidad fetal mortal o de que si el bebé nace, sufra anormalidades físicas o mentales tales que conlleven una discapacidad grave; o por último, si un médico opina que es necesario hacerlo con urgencia para salvar la vida o para prevenir lesiones graves y permanentes a la salud física o mental de la mujer.

Además, también se permitirá en caso de violación o de incesto.

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Contacto:
Ana Cabrera Gambarini

Periodista apasionada de las series televisivas, las novelas en el autobús y analista inquieta de la actualidad. Graduada en Periodismo por la Universidad Francisco de Vitoria, con la especialidad en Multimedia. Experiencia en departamentos de comunicación, medios online y community manager en el ámbito empresarial y universitario. Particularmente interesada en los medios digitales.

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