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El Estado obliga a dar los bienes del Pazo de Meirás a los Franco

La Audiencia Provincial de La Coruña ha ordenado al Estado, entregar los inmuebles del Pazo de Meirás a los Franco e indemnizarlos por su incautación.

Pazo Meirás

La Audiencia Provincial de La Coruña ha ordenado al Estado, la entrega de todos los bienes contenidos en el interior del Pazo de Meirás a la familia Franco. Las medidas cautelares dictadas por la juez; Marta Canales, en primera instancia, han sido tumbados por magistrados de la Sección Tercera.

Bienes inmuebles del Pazo de Meirás

Canales sentenció la entrega en depósito y de forma provisional de todos los inmuebles al Estado. Ahora se pide que este indemnice a los Franco por privación en el uso y disfrute de esos bienes, desde el mes de diciembre de 2020.

Fecha en la que se pusieron bajo el control de la Administración General del Estado. Los Franco por entonces disconformes con la decisión, recurrieron y ahora podrán recuperar todo el mobiliario.

Los magistrados argumentan que la interpretación de la sentencia fue más allá del su contenido literal, es decir, el Estado adquiría la propiedad del inmueble y de las fincas pero no de los bienes contenidos en su interior.

«En la sentencia no se dice que los muebles sean propiedad del Estado, ni nunca se tocó esa cuestión en todo el litigio».

«Se está ejecutando una sentencia, por lo que solamente se puede entrar en lo que dice la parte dispositiva de la resolución judicial».

Los magistrados señalan que el Estado pueda demandarlo, como única vía para que la Abogacía pueda impedir que la familia Franco realice finalmente la mudanza, en cumplimiento del auto dictado este martes que es firme y no recurrible.

Fallida interpretación

El Estado hizo una interpretación extensiva asumida por la juez Canales, en la que se entendió que los muebles que estaban dentro del Pazo y que se habían usado no era separables de este, hecho ante el que la Audiencia señala que:

«Es evidente que el concepto de inmueble por incorporación nunca podría extenderse a mesas, sillas, vajillas, alfombras o cuadros, ni por lo tanto podría justificarse su apropiación por el Estado».

«La medida cautelar ha degenerado en una incautación de la totalidad de los bienes muebles existentes en el interior del pazo, a disposición de la Administración General del Estado sine die, y hasta que en un futuro alcance firmeza la resolución judicial».

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Soraya

Creo en el poder de la comunicación para arreglar el mundo. Periodista y redactora en constante aprendizaje.

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