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Procedencia de la incapacidad permanente absoluta

Existen varios casos y requisitos para determinar la procedencia de la pensión permanente por incapacidad absoluta.

incapacidad

La incapacidad permanente absoluta es una condición reconocida a los trabajadores que, por su situación, les es imposible desempeñar su labor en el trabajo.

Existen varias categorías dentro de las incapacidades. Estas pueden ser parciales, total, absoluta y gran invalidez.

Esto dependerá de la afectación del trabajador.

¿En qué consiste la incapacidad permanente absoluta y cómo se tramita la pensión?

Algunos trabajadores han puesto fin a su vida laboral por razones distintas a la vejez, como por ejemplo aquellas personas que tienen una reducción en su capacidad para desempeñar labores.

Son aquellos trabajadores que presentan reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que pueden anular su capacidad laboral.

Así lo manifiesta el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que brinda pensiones contributivas por incapacidad permanente.

Requisitos para obtener pensión por incapacidad

Aquellas personas que estén incluidas en el régimen general de seguridad social, podrán acceder a este tipo de pensión. Así mismo, deberán estar dentro de las siguientes situaciones:

  • No tener la edad prevista: este régimen se da aquellas personas que se les produjo un hecho que los incapacita para desempeñar una labor. Siempre que la incapacidad derive de las contingencias comunes.
  • Estar afiliado o de alta: Son aquellas personas que aportan al régimen general de seguridad social.
  • Tener cubierto un periodo previo de cotización: dentro de esta existen varias situaciones. Si la incapacidad permanente deriva de una enfermedad común o de un accidente que no es laboral, el trabajador deberá tener un tiempo anterior al acontecimiento para poder reclamar.
  1. Si es por enfermedad común en situación de alta o asimilada y la persona es menor de 31 años, se requiere al menos un periodo equivalente a una tercera parte del tiempo. Este periodo deberá darse entre la fecha que la persona cumplió 16 años y la del hecho causante.
  2. Si se deriva por enfermedad común de alta o asimilada y la persona es mayor a los 31 años, la fórmula se modifica. Deberá tener un periodo de cotización de un cuarto del tiempo entre la fecha que la persona cumplió 20 años y el hecho causante. Esto se hará con un mínimo de 5 años, con un periodo de cotización específico de un quinto del tiempo transcurrido dentro de los 10 años anteriores a la fecha que dejó de cotizar.
  3. Si se deriva de enfermedad común o accidente no laboral en situación de alta la persona deberá cumplir con un periodo de cotización general de 15 años y un tiempo específico de 3 años en los últimos 10.

¿Cuándo se concede la pensión pensión por incapacidad permanente absoluta?

Esta se concede cuando una persona tiene una situación (por lo general física) la cual le impide desarrollar una actividad laboral de manera plena. Así mismo, cuando se limita la capacidad de desempeño de las actividades laborales y ejercer trabajos.

Existen cuatro categorías de clasificación de la pensión por incapacidad permanente; parcial, total, absoluta y gran validez. Esto dependerá del porcentaje limitante de la actividad laboral o incapacidad para desarrollar un trabajo.

Por ejemplo, la incapacidad absoluta es aquella que limita la inhabilita al trabajador a desempeñar cualquier tipo de cargo durante cualquier tiempo.

¿Cuánto es la cuantía de la incapacidad absoluta?

Por lo general, en este tipo de incapacidades se concede el 100% de la base reguladora por concepto de pensión. En tanto al accidente de trabajo o enfermedad profesional, el porcentaje se puede modificar entre un 30 y un 50% dependiendo de la inhabilidad para ejercer cualquier labor.

En caso de que la lesión se produzca por una máquina o artefacto y que compruebe que no se cumplía con los reglamentos, la empresa infractora deberá reconocer este porcentaje al trabajador a título de compensación.

Existen otras situaciones en las que algunos trabajadores acceden a la pensión por incapacidad permanente absoluta, pero cuentan con edad de jubilación y no con los demás requisitos. En este aspecto, se aplicará un porcentaje correspondiente a un periodo mínimo de cotización. Este porcentaje puede variar con regularidad.

Sin embargo, para este momento se podrá aplicar el 50% de la cotización.

De ser concedido por enfermedad común o accidente no laboral sin estar dado de alta, el porcentaje de la base reguladora será:

  • La base de cotización de los últimos 96 meses se divide en 112 meses.

Si se concedió por accidente no laboral y la persona está dada de alta la base se calcula así;

  • Se divide entre 28 la suma de las bases de cotizaciones ininterrumpidas. Esto deberá hacerse dentro de los 7 años anteriores a la solicitud de incapacidad.

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