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Atresmedia recibe multa por infringir la ley

Atresmedia ha recibido multa, por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, al infringir la ley.

Atresmedia recibe multa por infringir la ley

Atresmedia ha recibido multa, por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, al infringir la ley en dos de sus productos.

La multa de Atresmedia por infringir ley

La Comisión Nacional de los Mercados (CNMC) ha sancionado al programa El Hormiguero y El Jefe Infiltrado por incumplir la Ley General de Comunicación Audiovisual.

La multa ascendería a los 395.102 Euros, 232.970 de multa por El Hormiguero y 162.132 para El Jefe Infiltrado. En ambos casos el incumplimiento es el mismo, publicidad encubierta.

Según el artículo 18 punto número 2 de la ya mencionada Ley

«El público debe ser claramente informado del patrocinio al principio, al inicio de cada
reanudación tras los cortes que se produzcan o al final del programa mediante el nombre, el
logotipo, o cualquier otro símbolo, producto o servicio del patrocinador.»

Norma que ambos programan infringirían al presentar productos sin mencionar de forma clara su patrocinio. En el caso de El Hormiguero, presentaría productos de la marca Carolina Herrera, dos de sus perfumes, en la emisión del 03 de Octubre de 2019. Por otra parte, El Jefe Infiltrado presentaría publicidad no explícita de la empresa Grupo Abrasador en la emisión del 09 de Mayo de 2019.

Cabe recordar que la CNMC tiene la capacidad de poner este tipo de multas «cuando existan prácticas anticompetitivas a partir de denuncias o por propia iniciativa». Todo esto con el fin de mejorar la competencia respetuosa y el buen funcionamiento de los mercados. Lo ocurrido constituye una infracción grave, contempladas sus sanciones en el artículo 60 de la ya mencionada Ley.

La misma ley aclara que la acumulación de infracciones graves puede acarrear una infracción muy grave, en la que las multas serían mayores y podrían terminar en sanciones más ejemplarizantes. Aún así, Atresmedia tiene la posibilidad de apelar a estas sanciones ante la Audiencia Nacional. Para esto deberá interponer un recurso contencioso-administrativo en el plazo de los dos días siguientes a la notificación de la sanción o de lo contrario tendrá que pagar la multa impuesta.

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