El trámite extraordinario comenzó tras su publicación en el BOE y en pocos días concentró decenas de miles de solicitudes; información práctica sobre plazos, documentos y obstáculos en el territorio

En la primera fase del nuevo trámite de regularización extraordinaria el Ejecutivo ha recibido una respuesta masiva: en apenas seis días se registró la gestión de casi 100.000 solicitudes, según datos difundidos por el Gobierno. El decreto se aprobó en el Consejo de Ministros el 14 de abril, se publicó en el BOE el 15 de abril y desde el 16 de abril pudieron comenzar las presentaciones.
La administración celebra el volumen como un éxito y, al mismo tiempo, hay una fuerte confrontación política sobre la medida.
El proceso habilita convivencia y trabajo temporales desde la admisión a trámite y se apoya en una serie de condiciones y documentación concreta.
Entre los requisitos figura haber llegado a España antes del 1 de enero de 2026, ser mayor de edad, aportar copia completa del pasaporte y acreditar una permanencia ininterrumpida de cinco meses. También es necesaria la ausencia de antecedentes que supongan riesgo para el orden público; la tramitación exige el pago de una tasa de 38,28 euros y la presentación de un formulario específico. Las solicitudes deberán formalizarse antes del 30 de junio de 2026.
Resumen del proceso y cifras iniciales
En los primeros días la maquinaria administrativa movilizó citas y registros a gran velocidad: se asignaron miles de citas hasta el 30 de abril y en algunas comunidades territoriales las estimaciones locales hablan de decenas de miles de personas potencialmente afectadas. En la Comunidad Valenciana, por ejemplo, las autoridades y organizaciones sociales manejaron pronósticos de cerca de 100.000 personas en situación susceptible de acogerse al decreto, y se dispuso la colaboración de 34 oficinas de Correos para recepcionar solicitudes. El Gobierno subraya la medida como una vía para regularizar situaciones laborales y personales, mientras que partidos de la oposición criticaron el alcance y varios gobiernos autonómicos anunciaron recursos.
Requisitos y trámites clave
La norma concreta varias vías y condiciones: además del requisito de llegada antes del 1 de enero de 2026, el solicitante debe demostrar la permanencia ininterrumpida de cinco meses, carecer de antecedentes que impidan la autorización y no estar sujeto a prohibición de entrada o compromiso de retorno. Una vez admitida la solicitud, el interesado obtiene un permiso provisional para residir y trabajar hasta la resolución; si se concede, se expedirá una tarjeta con validez inicial de un año susceptible de modificación o prórroga. En paralelo existe una disposición específica para quienes solicitaron protección internacional antes del 1 de enero de 2026.
Documentación y verificación de antecedentes
La norma acepta tanto documentos públicos como privados para acreditar la residencia; cualquier papel con nombre y fecha puede valer: certificado de empadronamiento, movimientos bancarios, facturas, justificantes de envío de remesas, contratos de alquiler o constancias de formación y voluntariado. En cuanto a los antecedentes penales en España, la UTEX realizará las comprobaciones internas; para registros extranjeros se recomienda aportar el certificado de antecedentes penales apostillado o legalizado y traducido. Si no está disponible, se permite justificar la solicitud del certificado, presentar una declaración jurada o autorizar a las autoridades españolas a recabar los datos, con plazos y advertencias sobre el archivo si no se cumple la exigencia.
Desafíos sobre el terreno y respuesta de las entidades
Las organizaciones que trabajan con migrantes han señalado problemas prácticos que complican la tramitación: dificultades para empadronarse en algunos municipios, una brecha digital que dificulta pedir cita y rellenar formularios online, y una crisis de vivienda que complica cumplir ciertos requisitos. En Valencia, asociaciones como ACOEC y CEAR-PV han activado cursos y talleres para formar a voluntarios, abogados y colaboradores y evitar aglomeraciones. El objetivo es preparar expedientes completos y asesorar sobre la obtención de certificados extranjeros, puesto que hay variación significativa en la facilidad para tramitar antecedentes según el país de origen.
Reacciones institucionales y atención local
La puesta en marcha motiva además un debate político: el Gobierno nacional defendió el carácter «exitoso» del arranque y acusó a la oposición de pretender boicotear la iniciativa; por su parte, la Generalitat valenciana expresó su rechazo y anunció recursos argumentando impacto en servicios públicos. Sindicatos como CCOO-PV y numerosas ONG han mostrado su respaldo a la regularización y reclamado que las administraciones faciliten empadronamientos, puntos de ayuda digital y plazas para evitar colapsos, recordando que la acogida efectiva depende tanto de la normativa como de la capacidad logística en el territorio.
Casos especiales y consideraciones finales
Existen apartados específicos dentro del decreto: quienes tengan procesos de arraigo en trámite pueden ver resueltos sus expedientes de forma directa si cumplen condiciones básicas; los solicitantes de protección internacional que presentaron petición antes del 1 de enero de 2026 disponen de reglas adaptadas para integrar a sus familiares (ascendientes, cónyuge o pareja registrada) y para la inclusión de hijos menores o con discapacidad. Es esencial recopilar la documentación, gestionar el certificado de antecedentes extranjeros con tiempo y, en caso de duda, acudir a entidades acreditadas o a oficinas colaboradoras para preparar la solicitud y evitar errores que puedan derivar en el archivo del expediente.
