El juez Juan Carlos Peinado da por concluida la instrucción y atribuye a Begoña Gómez indicios para ser juzgada por tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios y apropiación indebida

El magistrado Juan Carlos Peinado ha decidido poner fin a la fase de instrucción en el procedimiento que afecta a la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, y propone su enjuiciamiento por cuatro delitos: tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios y apropiación indebida de marca.
La resolución del titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid llega tras casi dos años de pesquisas iniciadas a raíz de denuncias y querellas y sitúa también a otras dos personas imputadas en la causa: la asesora en Presidencia Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés.
El auto, fechado el 11 de abril, cierra la instrucción y abre la puerta al trámite de apertura de juicio oral.
La fase procesal y los pasos inmediatos
En el auto el juez concede a las partes un plazo de cinco días para presentar escritos de conclusiones provisionales y alegaciones sobre la apertura del juicio oral; además reitera su propuesta de que, en caso de celebrarse, el proceso sea conocido por un jurado popular. Las defensas y la Fiscalía han pedido en distintas ocasiones el archivo, alegando que no existen indicios suficientes con alcance penal. El procedimiento comenzó a hacerse público en abril de 2026 tras una denuncia de Manos Limpias y fue ampliado por querellas de Hazte Oír y Vox. Junto a la petición de juicio figura la exclusión, por falta de indicios sólidos, del delito de intrusismo profesional, que el instructor valoró como endeble.
Principales indicios sobre la cátedra
El auto dedica un análisis pormenorizado a la llamada cátedra de Transformación Social Competitiva que Gómez codirigía en la Universidad Complutense, y enumera hasta doce hechos que el juez considera relevantes para el delito de tráfico de influencias. Entre esos elementos aparecen declaraciones del exvicerrector Juan Carlos Doadrio sobre la creación rápida de la cátedra a instancias del rector Joaquín Goyache, la ausencia de un currículum público de la investigada y el uso de espacios institucionales como La Moncloa para reuniones vinculadas al proyecto. El instructor subraya lo que considera un cambio en la trayectoria profesional de la codirigente tras la llegada de Pedro Sánchez a La Moncloa, uso que califica como indicio del aprovechamiento de relaciones personales.
Captación de fondos y empresas implicadas
En materia de corrupción en los negocios el auto apunta a las gestiones de captación de patrocinadores privadas: Reale Seguros, que figura con una aportación de 60.000 euros de una sola vez; la Fundación La Caixa, con un compromiso de 15.000 euros anuales; y la implicación de compañías tecnológicas como Indra, Telefónica y Google para el desarrollo de herramientas. Peinado sostiene que las negociaciones no fueron meramente protocolarias y que la investigada habría impulsado la captación de fondos no para la cátedra pública en sentido estricto, sino integrándolos, según su criterio, en un beneficio que se orientaría hacia intereses personales, ofreciendo a cambio una supuesta ventaja competitiva ante la administración.
Participación de Barrabés y actuación de la asesora
El juez sitúa a Juan Carlos Barrabés como cooperador en el tráfico de influencias por su papel docente en el máster vinculado a la cátedra, sus asesoramientos y las reuniones celebradas en La Moncloa, además de la coincidencia temporal con cartas de apoyo a una UTE en concursos públicos. Sobre Cristina Álvarez, instructores consideran que actuó con correo institucional y medios de Presidencia para tareas del proyecto, lo que justifica la atribución provisional de malversación y su consideración como personal eventual con efectos penales. La defensa cuestiona tanto la condición de funcionaria de Álvarez como el alcance del desvío alegado.
La apropiación de marca, las cifras y la respuesta de la defensa
Peinado también atribuye indicios de apropiación indebida al señalar que la investigada pudo disponer de la marca, el dominio y el software desarrollados en el marco de la cátedra en perjuicio de la Complutense. La universidad cifra en 108.765,79 euros el coste del desarrollo del software, dato que el juez contrasta con una estimación indiciaria que eleva esa cifra por encima del medio millón de euros. Las defensas responden que la cátedra no repartía retribuciones privadas, que los fondos iban al patrimonio de la UCM y que, de existir problema, podría tratarse de un conflicto de propiedad intelectual más que de un delito patrimonial clásico, argumento sintetizado por el letrado Antonio Camacho.
Plazos y reacciones
La investigación ha recibido críticas desde distintos frentes; la Audiencia Provincial ha avalado la imputación en recursos y a la vez ha corregido pasos de la instrucción en varias ocasiones, por ejemplo en las indagaciones sobre el rescate a Air Europa. En el ámbito político, el Gobierno ha mostrado su rechazo y fuentes de Presidencia han criticado la coincidencia de la difusión de decisiones judiciales con viajes oficiales. El procedimiento seguirá su curso en los próximos días con las escritos de conclusiones y la posibilidad de que la causa llegue finalmente a juicio con jurado popular, un escenario que situaría el control del caso en manos de ciudadanos legos del derecho.
