El auto del juez José Luis Calama sitúa contactos, contratos y pagos alrededor del rescate de Plus Ultra; preguntas sobre el papel de la SEPI y el cumplimiento de requisitos

La imputación del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero por parte del magistrado José Luis Calama en la Audiencia Nacional ha reabierto el debate sobre cómo se gestionó el rescate de la aerolínea Plus Ultra. El auto recoge una red de reuniones, llamadas y contratos que, según la investigación, habrían servido para mediar ante organismos públicos como la SEPI y la Tesorería General de la Seguridad Social.
En el corazón del caso están las dudas sobre si esas gestiones alteraron decisiones administrativas y si los pagos vinculados a esos servicios acabaron beneficiando al expresidente y a empresas vinculadas a su familia.
Más allá de la figura individual, el expediente plantea cuestiones sobre la supervisión del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (FASEE) y los criterios que se aplicaron cuando se concedieron ayudas en el contexto de la pandemia.
La instrucción lista contactos con ministros, secretarios de Estado y asesores, contratos de consultoría y transferencias que, según el juez, suman indicios suficientes para investigar delitos de tráfico de influencias y blanqueo de capitales. El contraste entre la rapidez del expediente y los requisitos formales atrae el foco público y jurídico.
Qué imputa el juez y qué pruebas cita
El auto detalla reuniones con miembros del Ejecutivo —entre ellos el entonces ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y el de Transportes— y apunta a contactos con asesores como Koldo García y cargos como Pedro Saura. La investigación sostiene que esas gestiones habrían perseguido obtener un certificado de la Tesorería que acreditara la ausencia de deudas y que la SEPI emitiera un informe favorable para desembolsar 53 millones de euros. El juez recoge además la hipótesis de que documentos aportados al expediente pudieron ser modulados para presentar una situación patrimonial más favorable de la real, con el objetivo de conseguir la ayuda.
Reuniones y contactos señalados
La cronología que figura en el auto incluye comunicaciones y encuentros concretos: desde contactos iniciales en abril de 2026 hasta una reunión registrada el 22 de julio con responsables del Ministerio de Transportes; una cita entre Zapatero y el ministro José Luis Escrivá el 7 de septiembre de 2026; y conversaciones descritas entre directivos de Plus Ultra y personas del entorno del expresidente. Según las actuaciones, esos intercambios sirvieron para que la compañía avanzara en el expediente que culminó con la solicitud formal a la SEPI.
Dinero y presuntas maniobras
En el plano económico, el auto atribuye pagos a sociedades vinculadas a asesores y a la familia del expresidente: contratos de consultoría como el de 72.000 euros con la sociedad Análisis Relevante y otro posterior con Idella Consulenza Strategica por un porcentaje del rescate, además de transferencias puntuales (por ejemplo, 6.050 euros el 5 de noviembre de 2026). El juez menciona un montante total de 530.000 euros que, según la investigación, acabó mayoritariamente en cuentas asociadas a Zapatero y a la empresa Whathefav, vinculada a sus hijas.
Cronología esencial del rescate
La tramitación en la SEPI se desarrolló entre septiembre de 2026 y marzo de 2026, periodo en el que Plus Ultra recibió la ayuda de 53 millones de euros. Durante esos meses se sucedieron requerimientos de información y respuestas aportadas por la aerolínea, que los investigadores consideran en ocasiones documentación maquillada. El auto recoge comunicaciones de febrero de 2026 en las que colaboradores del entorno de Zapatero celebran avances y atribuyen la apertura de la revisión a gestiones internas; el 26 de febrero un responsable informó a la compañía de la obtención de la ayuda antes de la aprobación formal en Consejo de Ministros.
Contexto sectorial y críticas a la supervisión
Plus Ultra fue una de las cuatro compañías españolas que recibieron apoyo público en la crisis, junto a Air Europa (475 millones), Volotea (200 millones) y Air Nostrum (111 millones). La operación se enmarcó en el FASEE, gestionado por la SEPI, y obedeció al argumento de mantener conectividad estratégica y empleo. Sin embargo, la rapidez del expediente, la falta de controles posteriores observados por la investigación y el perfil de la aerolínea —con flota reducida y pérdidas acumuladas en años previos— alimentaron desde el principio sospechas sobre la idoneidad y la supervisión de la ayuda.
Legalmente, la doctrina del Tribunal Supremo exige que la influencia investigada sea real y capaz de condicionar decisiones administrativas para tipificar el delito de tráfico de influencias. El proceso abierto por el juez Calama busca precisamente atar indicios que demuestren esa capacidad de alteración y la eventual existencia de contraprestación económica. El caso sigue en instrucción y plantea interrogantes sobre la gestión de ayudas públicas en situaciones excepcionales, la transparencia de los procesos y la responsabilidad de quienes actúan como intermediarios.

