El real decreto aprobado el 14 de abril de 2026 exige certificados oficiales de antecedentes, suspende trámites hasta tres meses por vías diplomáticas y elimina la posibilidad de acreditar con una simple declaración responsable

El Ejecutivo aprobó el real decreto que regula la regularización extraordinaria y, entre las medidas más relevantes, ha endurecido el control sobre los antecedentes penales. El texto definitivo, aprobado el 14 de abril de 2026, deja claro que la obtención del permiso de residencia exigirá en general un certificado oficial de inexistencia de antecedentes en los países donde el solicitante ha residido en los últimos cinco años, así como la comprobación de la permanencia continuada en España durante al menos cinco meses y haber llegado antes del 31 de diciembre de 2026.
Fuentes del Gobierno y del Ministerio de Migraciones, junto a las recomendaciones del Consejo de Estado, han marcado la redacción final. El cambio responde a las peticiones del Ministerio del Interior, que alertaba sobre los riesgos de una fórmula basada en una declaración responsable de ausencia de antecedentes cuando no existiera respuesta de las autoridades extranjeras.
El resultado es una norma que combina exigencias documentales y criterios de valoración sobre si la persona representa una amenaza para el orden público o la seguridad interior.
Novedades clave del real decreto
El decreto mantiene como requisitos esenciales no tener antecedentes penales y no constituir un riesgo para la seguridad pública, junto a la permanencia mínima de cinco meses continuados en España y la entrada en el país anterior al 31 de diciembre de 2026. Se distingue entre informes policiales y registros judiciales: la existencia de anotaciones en un informe policial no implicará, por sí sola, la denegación automática, porque esos asientos pueden deberse a la mera situación de irregularidad administrativa. La autoridad encargada de tramitar valorará cada caso y decidirá si procede autorizar el cambio de situación administrativa.
Además, el real decreto regula qué documentos sirven para acreditar el tiempo de residencia: desde empadronamientos a facturas, informes médicos o justificantes administrativos. La intención del Ejecutivo es ofrecer vías flexibles para acreditar la permanencia, pero sin rebajar las exigencias sobre antecedentes penales, que deberán acreditarse preferentemente con certificados oficiales emitidos por los países de residencia de los últimos cinco años.
Cómo funciona el control de antecedentes
El punto más polémico que se ha modificado respecto a los borradores iniciales era la posibilidad de que, ante la ausencia de respuesta de un tercer país, el solicitante pudiera presentar una declaración responsable y obtener el permiso de residencia. El texto definitivo suprime esa vía directa: ahora se habilita una gestión diplomática a través del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, liderado por Félix Bolaños, que intervendrá para solicitar la información a las autoridades extranjeras.
Excepción por países en conflicto
Para naciones en situación de guerra o grave desorden, se mantiene una consideración especial: si no hay respuesta de la administración extranjera, el procedimiento puede activarse por la vía diplomática. El plazo máximo de esta actuación es de tres meses, periodo durante el cual el trámite queda suspendido. Si transcurrido ese plazo sigue sin respuesta, se notificará al interesado y dispondrá de 15 días adicionales para aportar el certificado o documento equivalente; si no lo hace, se entenderá que desiste de su solicitud.
Plazos y efectos en la tramitación
El real decreto contempla además mecanismos de protección procesal: una vez registrada la petición, la persona puede recibir una autorización temporal que permita trabajar y evite una expulsión inmediata mientras se resuelve con más profundidad. La Administración tendrá plazos concretos para la admisión a trámite y la resolución, y la autorización inicial será de carácter temporal, con la posibilidad de optar posteriormente a permisos ordinarios previstos en el Reglamento de Extranjería.
Contexto, críticas y objetivos
El Gobierno defiende que las modificaciones preservan el núcleo de la regularización anunciada: integración, seguridad jurídica y reducción de la irregularidad administrativa, según Migraciones y el equipo de Elma Sáiz. El Consejo de Estado respaldó su aprobación con carácter urgente, pero solicitó aclaraciones sobre la definición de vulnerabilidad y detalles procedimentales. En borradores anteriores la expresión resultaba confusa; ahora se especifica que por vulnerable se entenderá a quien llegó antes del 1 de enero de 2026 y cumple el requisito de cinco meses en situación irregular al presentar la solicitud.
Críticos y defensores coinciden en que la medida afectará a cientos de miles de personas —el Ejecutivo estima que la regularización puede alcanzar a cerca de 500.000 migrantes— y que el equilibrio entre exigencia documental y acceso efectivo al permiso será clave para su implementación. El endurecimiento del control de antecedentes busca evitar irregularidades, pero a la vez plantea desafíos prácticos para solicitantes procedentes de países con administraciones colapsadas o en conflicto.
